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martes, 12 de abril de 2011

los seguros de vida


Los seguros de vida
Son los seguros de personas son los que cubren los riesgos que pueden afectar a los individuos. El contrato de seguro comprende los riesgos que puedan afectar a la existencia, la integridad corporal o a la salud del asegurado.
De este modo, los podemos clasificar en función de su cobertura en seguro de vida si cubre el riesgo de muerte o de supervivencia, seguro de accidentes si cubre la integridad física y seguro de enfermedad o de asistencia sanitaria si cubre la salud Seguros de vida.
Contrato de seguro por el que el asegurador, a cambio de una prima única o periódica, se obliga a satisfacer al suscriptor de la póliza, o a la persona que él designe, un capital o una renta cuando fallezca o llegue a determinada edad la persona asegurada.


Clases de seguros
-Para caso de muerte: en estos la obligación del asegurador esta subordinada a la muerte del asegurado.
• Seguro de vida entera: el asegurador se obliga a satisfacer al fallecimiento del asegurado en cualquier época.
• Seguro temporal: la obligación de pagar la indemnización por el asegurador solo surge cuando el asegurado fallece dentro de un determinado período.
-Para caso de vida o supervivencia: la obligación del asegurador está subordinada a la supervivencia del asegurado a una determinada edad o fecha.
• Seguro de capital diferido: el asegurador se obliga a pagar determinada suma si el asegurado está vivo en una cierta fecha.
• Seguro de renta: el asegurador se obliga a pagar una renta en vez de un capital.
-Seguros mixtos: combinan los seguros para caso de muerte o para caso de supervivencia.
• Seguro mixto ordinario: el asegurador se obliga a pagar tanto si muere el asegurado o sobrevive a una determinada fecha.
• Seguro a término fijo: el asegurador se obliga a pagar un capital a una fecha determinada, sea al propio asegurado, si entonces viviera, sea al beneficiario designado, pero cesando la obligación de pagar la prima si el asegurado falleciera antes de ese término.
La póliza
Se documenta como el resto de los contratos de seguros, pero debe tener unas menciones específicas, como son los derechos de rescate y reducción de la suma asegurada y los anticipos.
Elementos personales
Los elementos personales del contrato son: el asegurado, que es la persona física sobre cuya vida se hace el seguro; el tomador del seguro es la persona que estipula el contrato con el asegurador y firma la póliza, asumiendo las obligaciones que le impone; el beneficiario es el titular del derecho a la indemnización.


Ponemos como ejemplo la aseguradora Mapfre que ha sacado un seguro de vida llamado vida integra, en el que su familia puede estar tranquila debido a las amplias coberturas que este seguro contiene ante casos de dolor, trasplante o enfermedad grave
 Proporciona capital garantizado contratado por el asegurado en caso de que éste sufra alguna de las siguientes causas:
Fallecimiento por cualquier causa, fallecimiento accidental, invalidez permanente y absoluta bajo la causa que sea, enfermedad grave o trasplantes
En los dos últimos supuestos, el capital seria del 50% del garantizado para el resto de contingencias, con un límite máximo de 150.000 € El cobro de este capital es compatible con cualquier otro percibido a través del resto de garantías. El capital inicial se mantiene constante durante toda la vigencia de la póliza. También este seguro tiene un servicio de orientación médica gratuito para el asegurado las 24 horas del día los 365 días del año
 

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